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¿ERES UN DEUDOR HIPOTECARIO?

 

La morosidad en créditos a la vivienda va al alza; sin embargo las consecuencias de dejar de pagar un crédito hipotecario son perder un bien que ya consideraba suyo, el dinero que ya pagó por la hipoteca y adquirir un registro negativo en el Buró de crédito. Aunque pueden pasar periodos muy largos, la posibilidad de un embargo o dación de la vivienda está siempre latente.

El problema con este tipo de créditos es que los plazos para recuperar el bien son muy largos y a final de cuentas las personas pueden perder un bien que ya creían suyo.

Hay tres niveles de endeudamiento hipotecario:

  1. El nivel menos severo es cuando el cliente aún paga pero cada vez le cuesta más trabajo hacerlo;
  2. La siguiente etapa es cuando presenta un atraso de 90 días sin pagar, pero aún es posible recuperarse;
  3. Un nivel grave es cuando sólo se puede dar la vivienda en dación.

La posibilidad de perder su casa en una ejecución hipotecaria puede ser aterradora. De los casi 150 mil créditos que la banca nacional otorga al año, 3.8% caen en mora en algún momento de la vida del crédito impago durante tres meses, y 5% se convertirán en cartera vencida, es decir, cuando el deudor deja de pagar el equivalente a dos terceras partes del valor del inmueble, Según la Asociación de Bancos de México (ABM).

Si te encuentras en un problema de juicio hipotecario, puedes tener las siguientes soluciones:

REVISION DEL CONTRATO DE HIPOTECA:

 

En la mayoría de los casos, cuando se ha aprobado un crédito Hipotecario, lo primero que surge son las emociones, que se manifiestan en festejo, inauguración etc., y se olvida la parte medular del acto mismo. Podría pasar años sin que se le haya dado una sola lectura al Contrato o, en el peor de los casos, de que nos demos cuenta que ni siquiera contamos con el documento Notarial. Y es solo cuando surgen los requerimientos de pago cuando nos comenzamos a interesar en obtenerlo y entender lo que en él quedo fijado. Negligencia tal que, por insignificante que parezca, puede llevarnos a perder la vivienda.

 

Ahora bien, todo acto jurídico de esta naturaleza debe constar por escrito en instrumento privado o público, del cual una copia debiera quedar en poder del acreditado, En él se encuentran asentados los derechos y las obligaciones que el acto origina para cada una de los contrayentes, así como también se establece la competencia y sobre todo las causales de rescisión, que son en definitiva las que conllevan a la parte actora a enderezar la demanda.

 REVISIÓN DE LA DEMANDA DEL JUICIO HIPOTECARIO

Se sabe con exactitud que el crédito esta demandado cuando alguien que se dice ostentar la figura de ejecutor del Juzgado, toca a la puerta y nos entrega una serie de documentación, en donde se incluye el escrito de demanda y el auto de inicio, señalando el Juzgado, la Secretaria y el número de expediente con que quedo radicado el Juicio, haciéndonos mención de los días que tenemos para contestar la demanda.

Ahora bien con el escrito de demanda y demás anexos que se nos entregue podemos saber con exactitud el motivo por el cual se nos esta demandando, y es entonces cuando sabemos también con certeza que hay una demanda en contra.

REVISION DEL ESTADO DE CUENTA Y DE LA CERTIFICACION CONTABLE DEL ADEUDO

En muchas ocasiones, los errores mecánicos de los bancos al elaborar la certificación contable que señala el importe adeudado, es pasada por alto. Es necesario revisar que los pagos que se han efectuado, se encuentren efectivamente aplicados a las mensualidades correspondientes, ya que en caso de error, se puede traducir en un importe sumamente excesivo, al cual se le aplicarán también intereses y penalidades.

REVISION DE LA COMPETENCIA DEL JUEZ QUE CONOCE DEL JUICIO

No necesariamente será competente el Juez que admitió a trámite la demanda hipotecaria, ya que se deberá analizar su ámbito territorial y de cuantía.

INTERESES USUREROS

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, ha determinado en Jurisprudencia los parámetros que se deberán tomar en cuenta por los jueces al momento de dictar sentencia, para resolver si los intereses ordinarios y moratorios pueden ser considerados como usureros y en base en ello, podrán resolver la reducción de los mismos en forma proporcional.

ERRORES PROCESALES

Este es un punto sumamente importante que se deberá tener en cuenta, ya que por este motivo muchos juicios son ganados o perdidos, por lo tanto, es necesaria la revisión integral y completa del expediente para conocer el alcance del resultado.

CONTACTO

Nosotros podemos ayudarte en tu juicio y lograr retener tu inmueble el tiempo que sea necesario para que tengas una mejor solución. Contáctanos a la brevedad, porque hoy podemos resolver tu problema legal, tenemos muchas opciones de solución que se pueden ajustar a tus necesidades. Recuerda que mañana puede ser muy tarde para hacerlo.

 

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